CONSTITUCIÓN NACIONAL
Primera: La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
Primera: La Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio nacional.
La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino.
La Soberanía Nacional quedará definitivamente consolidada cuando las Islas Malvinas y archipiélagos del Atlántico Sur sean devueltos a la República Argentina e impere en ellos su Constitución y sus Leyes.
El mundo y quienes usurpan sus legítimos derechos deben comprender que la Nación Argentina jamás cederá sus derechos soberanos y legítimos sobre esta parte de su territorio insular.
Mario Passo
Fundadores de la Patria
Presidente
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